La Junta de Andalucía apela al "derecho a la vida" para
justificar las expropiaciones de viviendas
- El decreto, que entra en vigor este viernes, recuerda que la Junta tiene la competencia exclusiva en materia de vivienda y cita una sentencia de la UE.
- Firmado por Griñán, el texto añade que la desocupación de viviendas representa "el mayor exponente del incumplimiento" de su finalidad social.
- La expropiación será solo a bancos y empresas y con un máximo de tres años.
- Se prevén sanciones de hasta 9.000 euros a quien no alquile casas vacías.
- DOCUMENTO: Consulta el decreto publicado en el Boletín Oficial andaluz.
El decreto-ley sobre la vivienda del Gobierno andaluz, que publica este jueves el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), apela al "derecho a la
vida y a la integridad física y psíquica de las personas y sus familias"
afectadas por desahucios para justificar las expropiaciones temporales.
Se excluyen del decreto las casas dedicadas al esparcimiento o recreo
En la exposición de motivos, el decreto ley de "medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda" introduce una disposición "destinada a asegurar el derecho a una vivienda digna en relación con el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica" de las familias perjudicadas por ejecuciones hipotecarias para que puedan seguir ocupando sus casas.
En la exposición de motivos, el decreto ley de "medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda" introduce una disposición "destinada a asegurar el derecho a una vivienda digna en relación con el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica" de las familias perjudicadas por ejecuciones hipotecarias para que puedan seguir ocupando sus casas.
El decreto,
que entra en vigor este viernes, recuerda que la Junta tiene la competencia exclusiva en materia de vivienda y
hace referencia a la sentencia de la UE del pasado 14 de marzo, que pone en
evidencia la necesidad de que los poderes públicos actúen para el uso y
disfrute de la vivienda habitual.
En el decreto, firmado por la consejera de Fomento y Vivienda,Elena Cortés (IU) y por el presidente de la Junta, José Antonio Grian (PSOE), se añade que la desocupación de viviendas representa "el mayor exponente del incumplimiento" de su finalidad social, y agrega que se actúa en este ámbito por la "imperiosa urgencia" debido a la crisis. Cortés ha añadido que el nuevo decreto "tiene una seguridad jurídica plena como la luna llena".
Las viviendas susceptibles de ser expropiadas por un máximo de tres años,
son las que tengan como titulares a una persona jurídica.
En la disposición adicional segunda se aborda la "declaración de interés social a efectos de expropiación forzosa de la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social". Las viviendas susceptibles de ser expropiadas por un máximo de tres años, indica el decreto, son las que tengan como titulares a una persona jurídica (es decir, empresas y banco) y nunca las de personas físicas.
En la disposición adicional segunda se aborda la "declaración de interés social a efectos de expropiación forzosa de la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social". Las viviendas susceptibles de ser expropiadas por un máximo de tres años, indica el decreto, son las que tengan como titulares a una persona jurídica (es decir, empresas y banco) y nunca las de personas físicas.
También se excluyen del decreto las casas dedicadas al esparcimiento
o recreo, las destinadas al arrendamiento por temporadas o las
dedicadas a usos turísticos.
El texto
señala que merece "especial reproche" las
viviendas desocupadas que "son propiedad, en sus diferentes formas, de
personas jurídicas, en especial, de entidades financieras y sus filiales
inmobiliarias, entidades de gestión de activos, incluidos los procedentes de la
estructuración bancaria y entidades inmobiliarias".
El
decreto-ley, aprobado por el Consejo de Gobierno el pasado martes,
hace referencia a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a la
Constitución Española y al Estatuto de Autonomía. La disposición legal critica
que "a pesar de la importancia que la Constitución otorga al derecho a la
vivienda, lo cierto es que en la práctica es considerada un simple bien de
consumo sujeto a las leyes del mercado".
El ministro
de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, consideró este miércoles que el Gobierno
estudiará "el encaje legal" de las medidas anunciadas por Andalucía. En este sentido,
la consejera Elena Cortés le ha recordado
que el Ejecutivo "tiene la oportunidad de oro en materia de
vivienda aprobando la iniciativa legislativa popular (ILP) en
materia de dación en pago con carácter retroactivo" y cambiando sus
políticas en materia de vivienda.
Sanciones a los propietarios de viviendas vacías
La
Consejería añade que, por una parte, hay "un desorbitado parque de
viviendas sin uso o infrautilizado" y por otro existe "una
demanda insatisfecha, con una oferta insuficiente y a precios no adecuados, por
lo que se hace urgente potenciar su uso". Además de hacer referencia a la
Ley de Expropiación Forzosa de 1954, el texto que hoy publica el BOJA incluye
medidas como sanciones de hasta 9.000 euros a
los propietarios que no alquilen las viviendas vacías.
En Andalucía
hay alrededor de 700.000 viviendas vacías y se producen 45 desahucios diarios
—unos 86.000 desde el año 2007—, según los datos de la Consejería, que alude a
la imposibilidad de satisfacer las necesidades
"habitacionales" de la población incrementando el
parque público de casas, sobre todo en época de crisis.
"A
partir de este viernes las personas afectadas y beneficiadas
pueden ir a las oficinas en defensa de la vivienda y también a los
ayuntamientos para empezar el trámite para la expropiación temporal del uso,
para lo cual las familias deben cumplir rigurosamente los requisitos", ha
dicho la consejera Elena Cortés. No obstante, ha indicado que dicha
expropiación temporal se acometería "en un plazo razonable".
No hay comentarios:
Publicar un comentario