viernes, 9 de noviembre de 2012

LA UNIÓN EUROPEA CONSIDEA ABUSIVOS LOS DESAHUCIOS Y DESALOJOS DE LA LEY HIPOTECARIA.


El juez que recurrió cree que los magistrados podrán revisar de oficio las cláusulas que perjudiquen al consumidor e impedir que el banco eche a la gente de la vivienda

La ley que regula en España los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca es incompatible con las normas europeas de protección de los consumidores, según un dictamen de la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Juliane Kokott.La letrada considera que la regulación procesal española no protege al consumidor contra cláusulas abusivas en el contrato hipotecario, al permitir la pérdida de la propiedad y el desalojo antes de que éste pueda ejercitar acciones por daños y perjuicios. Este dictamen responde a una consulta de un juzgado de Barcelona, ante el que un ciudadano presentó en enero de 2011 una demanda contra CatalunyaCaixa al ser desalojado de su vivienda.

Según Kokott, esa regulación española es "incompatible" con la directiva europea 93/13 sobre cláusulas contractuales abusivas, que establece que las de ese tipo que figuren en un contrato entre un profesional y un consumidor no vinculan a este último. Aunque la ejecución forzosa de hipotecas no está regulada a escala europea y es competencia de los Estados, la abogada considera que la legislación nacional no puede "conducir a que se obstaculice la invocación de los derechos garantizados al consumidor por la directiva 93/13".

En el caso español, Kokott estima que la regulación procesal "menoscaba" la protección que persigue la norma comunitaria." Y recalca que el consumidor sólo puede ejercitar una acción de daños y perjuicios con posterioridad, por lo que se incumple la directiva 93/13, que exige que disponga de un "recurso legal eficaz" para demostrar el carácter abusivo del préstamo y detener la ejecución forzosa.

El juez José Manuel Fernández Seijo, que llevó la ley hipotecaria al tribunal europeo cree que el dictamen abre la puerta a que los magistrados revisen de oficio las cláusulas abusivas en los créditos e incluso a impedir el desalojo inmediato por el banco. Además, los deudores que hayan sido desahuciados podrían reclamar de forma retroactiva por las cláusulas abusivas.


RAJOY ESPERA ANUNCIAR ESTE LUNES LA PARALIZACIÓN TEMPORAL DE LOS DESAHUCIOS.


El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha asegurado este viernes que espera poder anunciar este lunes nuevas medidas en relación a la política sobre los desahucios, como "la paralización temporal" de los que afectan a las familias más vulnerables.
En un mitin en Lleida en su primera intervención en la campaña electoral catalana, ha explicado que este viernes por la mañana se han mantenido contactos con el PSOE para poner solución a un tema "muy difícil, con muchas complicaciones".
"Estamos viendo cosas que a nadie nos gustaría ver, cosas terribles, inhumanas", ha reconocido el presidente del Gobierno, después de que este viernes por la mañana una mujer se haya suicidado cuando iba a ser desahuciada en Barakaldo.

SU DE HUELVA Y HUELGA GENERAL DEL 14N

El SU de Huelva, junto a otros sindicatos se va manifestar el 14 N:

 1.- A las 10 de la mañana delante de la FOE, hasta las 11.

2,. A las 8 de la noche delante del Ayuntamiento, hasta las 9.

Y también se van a manifestar por la tarde en una manifestación general por las calles de Huelva, con sus propios mensajes y banderas,

martes, 6 de noviembre de 2012

JUECES Y FISCALES ANTE LA LEY HIPOTECARIA


Jueces y fiscales de todas las asociaciones profesionales, conservadores y progresistas, están hartos de la situación que ha creado la normativa que regula los desahucios por impago de las hipotecas y han comenzado a denunciar públicamente las malas prácticas que desarrollan las entidades bancarias y que fuerzan sus actuaciones en un auténtico drama en el que se ven obligados a intervenir, según informa la revista jurídica de elEconomista, Iuris & Lex.
Estas manifestaciones llegan cuando los desahucios realizados por los tribunales desde el inicio de la crisis en 2007 ascienden a 400.000 y tras batirse el récord de operaciones de desalojos en el mes de junio, con un total de 18.668, según datos facilitados por la Asociación Hipotecaria Española.
Concentraciones de afectados
La situación ha llevado estos días a que los afectados por el impago de las hipotecas se concentren ante las entidades financieras, solicitando soluciones excepcionales ante la difícil situación generada por la crisis económica.
Otros lo hacen solicitando firmas para presentar iniciativas populares, como la Plataforma Stop Desahucios Gipuzkoa, que registraba el pasado miércoles en la oficina del censo electoral de San Sebastián las 20.427 firmas reunidas para paralizar los desahucios y lograr la aceptación por las entidades financieras de las operaciones de dación en pago y el alquiler social.
La gravedad de la situación ha llevado al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy,a reconocer en el Congreso, ante las preguntas de los grupos de la oposición, que está dispuesto a adoptar más medidas para ofrecer una solución alternativa a los desahucios por impago de los créditos hipotecarios.
En su réplica lamentó los "hechos verdaderamente dramáticos que han ocurrido en las últimas semanas", en especial el suicidio del comerciante granadino agobiado por no poder afrontar los pagos y evitar la expulsión de su vivienda.
La alcaldesa de Madrid, Ana Botella, al responder preguntas de los periodistas sobre la dación en pago, afirmó que "en los desahucios se debe cumplir la ley aunque suponga un drama para los afectados y si no nos gusta, modificarla".
También, la portavoz del Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados, Soraya Rodríguez, afirmaba en rueda de prensa esta pasada semana, que las previsiones del PSOE, indican que al drama que viven las 400.000 familias desahuciadas, podrían añadirse en los próximos meses otras 250.000, al tiempo que reconocía que cometieron un error al no aprovechar el Gobierno de Zapatero para modificar la legislación, "lo que habría podido evitar el drama a muchas personas que se quedan sin casa. Nos equivocamos"
El PSOE presentó una proposición de ley en el Congreso de los Diputados con ideas para evitar el sobreendeudamiento de las familias y las ejecuciones hipotecarias.
Oficinas recaudatorias
La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la mayoritaria del colectivo, ha denunciado públicamente que los bancos y las aseguradoras están realizando movimientos especulativos con las hipotecas, ya que paralizan en ocasiones las ejecuciones hipotecarias a la espera de conseguir un mejor precio para los inmuebles que existen ahora en una bolsa de embargo y ejecuciones.
Esta semana, la portavoz de la asociación conservadora de jueces, María Teresa Sáez, ha explicado que la legislación actual convierte a los juzgados en "oficinas recaudatorias de una entidad bancaria", al empujar a los magistrados a perseguir al ciudadano insolvente hasta que abone "definitivamente" la deuda pendiente con el banco.
Los afiliados a Jueces para la Democracia han revelado que el problema que plantean muchas de las ejecuciones hipotecarias es que muchos de los contratos son muy discutibles e incluyen cláusulas abusivas, que son nulas.
Su portavoz, Joaquim Boch, ha señalado que magistrados y fiscales entienden que los asuntos que presentan los bancos en los juzgados -no sólo las ejecuciones hipotecarias- son especialmente complejos, por este tipo de irregularidades y "en un contexto de grave sobrecarga en los tribunales, eso significa que los asuntos de los ciudadanos particulares quedan en un segundo plano, por lo que es conveniente establecer un orden de prioridades".
De esta forma, proponen la creación de un turno especial para estos asuntos, pero avisan de que hasta que eso no sea posible, los relegarán si no se les facilitan recursos para hacerles frente.
Más lejos han ido los magistrados que presentaron esta pasada semana al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) un informe en el que proponían una reforma radical del sistema de desahucios y que las ayudas que reciben las entidades financieras se extiendan a los ciudadanos. Este organismo ha declinado estudiarlo.
Los magistrados, coordinados por el vocal del CGPJ Manuel Almenar, son Ángel Galgo Peco, Enrique García García y Pablo Quecedo Aracil (AP de Madrid), Pilar López Asensio (JPI 6 de Madrid), María del Mar Hernández Rodríguez (JPI 1 de Santander) y Pedro Luis Viguer Soler (juez-decano de Valencia).
Una reforma radical
Tras hacer suyos los argumentos de las sentencias favorables a la dación en pago, proponen un profundo cambio de las principales normativas procedimentales civiles y penales, así como del Código Penal. Piden así mismo, que se determine el concepto de deudor hipotecario de buena fe, como sujeto de aplicación de medidas excepcionales en la materia, beneficiando con ellas a las ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o locales.
Consideran precisa la modificación de la ejecución hipotecaria para que "deje de ser un privilegio procesal de los bancos, reconduciéndolo a las normas generales de la ejecución ordinaria, aumentando así los motivos de oposición a la ejecución (pago, nulidad o prescripción), explica Iuris & Lex.
Solicitan el establecimiento de un régimen especial en el caso de ejecuciones hipotecarias de viviendas habituales o locales de negocio, en el sentido postulado por la Oficina del Defensor del Pueblo, en apoyo de aplicar la dación en pago. Además, se muestran partidarios de elevar el umbral de exclusión para flexibilizar los requisitos estrictos que establece el Código de Buenas Prácticas aprobado por el Gobierno, así como regular de forma obligada en determinadas circunstancias de la dación en pago.
Sobre los intereses moratorios, piden que se prohiba que superen 2,5 veces al interés legal del dinero en caso de descubierto. Apuestan por la mediación judicial y proponen limitaciones a la justicia gratuita y a la actuación del procurador en vistas y juicios o la supresión de la intervención preceptiva de abogado y procurador en los juicios de desahucios para agilizarlos y abaratar costes.
¿Dación en pago?
Las sentencias favorables a la dación en pago, minoritarias hasta ahora en la jurisprudencia española, basan sus argumentos en que no hay actuación abusiva en la subasta judicial, regulada por el artículo 671.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pero si se tiene en cuenta el contexto de crisis económica excepcional que rodea estos casos, la postura del ejecutante se convierte en abusiva y puede dar lugar a un enriquecimiento injusto de aquél.
Tras repasar las numerosas normas que los Gobiernos han ido introduciendo sucesivamente en el sistema para ayudar a los mercados y superar la crisis económica, llegan estos magistrados y jueces a la conclusión de que la aplicación automática de la regulación de la ejecución hipotecaria, desconociendo la situación actual de crisis económica excepcional conllevaría dejar exento de responsabilidad a uno de los partícipes, como es la entidad financiera, en la causación de dicha situación.
Basan esta acusación en que han valorado el bien objeto de garantía de manera irreal, y le permitiría a la entidad adquirir el citado bien por un precio irrisorio y continuar adelante con la ejecución contra los bienes personales del deudor exigiendo una cantidad dineraria que rozaría incluso el importe del préstamo concedido.
De permitir esto -consideran estos jueces- se estaría amparando una operación, si bien más sofisticada y perjudicial para el sistema económico global como se ha demostrado, que no difiere mucho de la usura, proscrita por la Ley Azcárate de 23 de julio de 1908.
Otras medidas del Gobierno
Mientras tanto, el Gobierno mantiene en vigor el Código de Buenas Prácticas Bancarias, que para las entidades es voluntario y para los usuarios muy selectivo, por el bajo nivel de ingresos familiares en que se ha situado el umbral de exclusión que permite acogerse a sus beneficios.
El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha anunciado que en los próximos días facilitará los datos logrados a través de este mecanismo, que permite la reducción de las cantidades adeudadas en un 25 por ciento y en los casos más extremos, la dación en pago.
Por otra parte, el Ejecutivo prepara un nuevo sistema de subasta de inmuebles extrajudicial, puesto que el actual permite que las entidades bancarias puedan quedarse con las segundas viviendas, locales de negocio y terrenos por una cantidad irrisoria, ya que en los casos en que no haya postores, la tercera subasta se hace sin marcar un porcentaje mínimo sobre el valor de tasación del inmueble, lo que en teoría podría llevar a adquisiciones por un sólo euro, destaca la revista jurídica Iuris & Lex.
El problema para la banca es que en muchas ocasiones la adquisición de viviendas en las subastas judiciales conlleva gastos, que disminuyen los beneficios bancarios.
Cuando en un contrato de préstamo hipotecario se incluya la subasta notarial, el titular de la hipoteca y la entidad financiera deberán pactar y hacer constar el porcentaje mínimo sobre el valor que se admitirá la tercera subasta por falta de compradores. Si el tipo de la subasta no estuviese contractualmente establecido, será fijado por perito oficial.

domingo, 4 de noviembre de 2012

CÓMO RASCAR EUROS AL BANCO

Hay varios trucos para rascar unos euros al banco esquivando comisiones o sabiendo cuándo cobrar los intereses. Los cuenta Finanzas.com y los recogemos aquí:


1.- Haz OTE en lugar de transferencias

 Si el banco te cobra comisión por transferir dinero de una entidad a otra, haz una OTE Orden de Traspaso de Efectivo. La OTE permite traspasar fondos entre dos cuentas pertenecientes a un mismo titular en dos entidades distintas

2.- Cobra los intereses al vencimiento

Hay que saber decidir cuándo se cobran los intereses al banco. En general cobrar al vencimiento te dará una TAE unos puntos más altos que cobrar, por ejemplo, mensualmente.
Este mes, no solo los bancos con problemas de liquidez ofrecen extratipos para paliar su sequía. También las entidades más solventes han alcanzado el 4,00% TAE con su garantía como reclamo.

Otra opción es abrirse un depósito en un banco online que además disponga de cuenta de ahorro remunerada. La operación es más que simple. El dinero a invertir se traspasa a la cuenta remunerada y de ahí al depósito. Los intereses que genera el depósitos se ingresan a la cuenta, que a su vez sigue ofreciendo rentabilidad. Es decir, se obtienen intereses de los intereses.

3.- Negocia las comisiones

Aunque te cobren comisiones, aún tienes margen para que te las devuelvan. Siéntate a negociar. Cada oficina cuenta con un presupuesto concreto de comisiones que se les permite devolver cada mes a algunos clientes, según y claro está su criterio. Por eso es importante que hables con el director de tu oficina para conseguir la devolución de las comisiones.

Depende de tu perfil financiero tendrás más posibilidades o menos de conseguirlo. Pero si no tienes un buen perfil financiero, ni relación histórica con la oficina, todavía tienes una baza: si tenías pensado contratar un depósito a plazo o abrir una cuenta ahorro, un plan de pensiones o cualquier otro producto que aporte liquidez al banco, puedes usarlo para insistir con el tema de las comisiones.

Normalmente, solo es posible recuperar las comisiones cobradas en los últimos 12 meses.

EL GOBIERNO PROPONE RETRASAR LA EDAD MÍNIMA DE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA


También tantea hacer más fácil la compatibilidad entre continuar trabajando y percibir pensión
La Seguridad Social pretende ampliar el periodo de cotización exigido

El Gobierno prometió a la Unión Europea que iba a retrasar la edad real de jubilación. Para lograrlo, el Ejecutivo ha propuesto al Congreso y a los agentes sociales elevar la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada en un informe que la Seguridad Social les remitió ayer. Lo ha hecho antes de que entre en vigor la última reforma de pensiones, que en enero fijará la edad mínima de esta modalidad de retiro entre los 61 y los 63 años. El documento no concreta una nueva edad. Como tampoco especifica hasta dónde pretende retrasarla para poder jubilarse parcialmente, otra de las propuestas del informe. En el texto también se adelanta la intención de aumentar el periodo mínimo de cotización para estas jubilaciones y los coeficientes de reducción que se aplican.
Para conceder un retraso en el objetivo de déficit (3%), Bruselas exigió a España que reformara de nuevo su sistema de pensiones. Lo hizo pese a que todavía no está vigente el último gran cambio, aprobado en julio del año pasado: a partir de enero y hasta 2027, la edad legal de jubilación se irá elevando de los 65 años actuales hasta los 67. El objetivo de ambas reformas —la que no ha entrado en vigor y la que está por redactar— es retrasar la edad real de retiro, en 2011 a 63,5 años, según los datos del informe al que ha tenido acceso este diario.
La propuesta del Gobierno, recogida en 41 páginas, implica reformar el acceso a la jubilación anticipada y a la parcial. La pretensión es endurecer el acceso a estas figuras y que cuando un trabajador opte por retirarse antes de cumplir la edad legal perciba una pensión menor para ahorrar gasto a laSeguridad Social. Aunque bien es verdad que este fin último puede formularse de otra forma: “El objetivo del presente informe es presentar medidas que faciliten la sostenibilidad del sistema”. En el documento se expone que de todas las jubilaciones de 2011 (198.600), el 50,6% fueron anticipadas. Y que la pensión media que se cobraba en estos casos (1.344,42 euros mensuales) era superior a la de quienes se retiraron cuando cumplieron la edad legal (1.234.5 euros).
La reforma de pensiones que entrará en vigor en enero —es de esperar, dados los tiempos parlamentarios, que la que ahora comienza a pergeñarse no se aprobará antes— contempla cuatro vías de jubilación anticipada. Pero las principales son dos, y son estas las que propone reformar el Gobierno. La primera permitirá retirarse a partir de los 61 años si el trabajador resulta afectado por un despido colectivo o el cierre de la empresa. Además exigirá haber cotizado durante 33 años (ahora se necesitan 30).
La otra se abrirá a partir de los 63 años de forma voluntaria para quienes hayan cotizado al menos durante 33 años. En ambos casos se aplicarán unos coeficientes de reducción sobre la pensión teórica que le correspondería al jubilado si se retirara a la edad legal que van del 1,625% trimestral al 1,875% (el porcentaje varía en función de los años cotizados).
La nueva reforma modificará los tres parámetros básicos: edad, años cotizados y coeficientes de reducción. En una redacción casi imposible y ambigua, el primer informe habla de la “adecuación de la edad que posibilita el acceso anticipado a la edad de jubilación a las variaciones en la edad de acceso ordinaria a dicha pensión”. Vulgo: aumentar la edad para acceder a la jubilación anticipada. ¿Hasta dónde? Esa pregunta no la responde el informe.
Para los otros dos parámetros, las propuestas son “la actualización [es decir, ampliación] del periodo mínimo de cotización exigido para acceder anticipadamente a la pensión de jubilación” y “ajustar los coeficientes reductores de la cuantía de la pensión [...] por la pérdida de las correspondientes cotizaciones sociales”.
También busca el Gobierno endurecer el acceso a la jubilación parcial.La ministra de Empleo, Fátima Báñez, explicó el viernes que, según sus conclusiones, esta modalidad de retiro no cumple la función para la que se creó: el retiro parcial de un trabajador antes de la edad legal de jubilación y su sustitución por un joven.
Como en el caso de la anticipada, la Seguridad Social también propone el retraso de la edad (61 años) para retirarse parcialmente y aumentar el periodo mínimo de cotización (25 años). Además, añade otras exigencias como subir el tiempo mínimo de duración del contrato de quien va a relevar al jubilado o que el importe final de la pensión varíe en función del coste de este tipo de jubilación para el sistema (2.704 millones al año).
Hay un segundo informe que persigue facilitar a los nuevos jubilados combinar el cobro de la pensión y que sigan trabajando. Justifica el Ejecutivo esta propuesta en que es una recomendación histórica del Pacto de Toledo y que, pese a ello, “siempre ha contemplado una fuerte rigidez en el ámbito de la compatibilidad entre la percepción de la pensión de jubilación y la realización de un trabajo”. Entre los incentivos que se pretenden introducir está la desaparición de “la obligación de cotizar”.

REDUCCIÓN DE PUENTES FESTIVOS


El Gobierno espera cerrar para final de año un acuerdo para reducir los puentes festivos
Sáenz de Santamaría sugiere que afectará al calendario laboral de 2014 y que no habrá modificaciones en 2013.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha avanzado que el Gobierno espera cerrar para final de año un acuerdo con los agentes sociales, la Conferencia Episcopal y las comunidades autónomas para trasladar algunos de los festivos que caen entre semana al lunes, lo que implicaría una "reducción" de los llamados puentes, para hacer "más eficaz" el calendario laboral

En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, Sáenz de Santamaría ha confirmado que se están desarrollando negociaciones "a tres bandas" para alcanzar este acuerdo, fundamentalmente desde el Ministerio de Empleo. La vicepresidenta del Gobierno ha señalado que estos cambios han de introducirse de la manera "más ordenada posible", para lo que, ha añadido, beneficiará la disposición de los festivos en el calendario para 2013. Así, en 2013 "son pocas las fiestas que caen entre semana", ha recordado para añadir que, por tanto, el calendario para ese año "viene ordenado por sí mismo, salvo en el caso de alguna festividad de naturaleza autonómica". Esta circunstancia permitirá trabajar "en profundidad" en ese acuerdo y poder hacer "una reforma de calado", ha añadido la vicepresidenta, sugiriendo así que todo cambio entraría en vigor para el calendario laboral de 2014.

Los agentes sociales ya pactaron su propio acuerdo

Por su parte, patronal y sindicatos ya alcanzaron un acuerdo durante las negociaciones a las que les instó el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en enero de 2012, antes de aprobar la reforma laboral, para trasladar al lunes las festividades de la Asunción (15 de agosto), Todos los Santos (1 de noviembre) y la Constitución (6 de diciembre).  Sobre las negociaciones a las que ha aludido la vicepresidenta del Gobierno, fuentes sindicales han indicado que el Ejecutivo no se ha puesto en contacto aún con las centrales para tratar esta reforma del calendario laboral, y se han remitido a aquel acuerdo alcanzado con la patronal. 

Por su parte, la Conferencia Episcopal viene asegurando que no va a "adelantar acontecimientos ni dar una respuesta" hasta que no haya propuestas concretas sobre la reforma planteada por el Gobierno. 

NUEVAS FACILIDADES EN LOS ERES

El pasado miércoles, 31 de octubre, entró en vigor el nuevo Reglamento que regula los Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) tanto definitivos (de extinción de contratos) como temporales (de suspensión de contratos o de reducción de jornada). Este Reglamento deroga expresamente el RD 801/2011, de 10 de junio, y la Orden Temporal ESS7487/2012, por la que se regían hasta ahora los EREs (Real Decreto 1483/2012, de 29.10.12, BOE de 30.10.12). No obstante, los procesos iniciados a partir del 12 de febrero y hasta la fecha de entrada en vigor del nuevo Reglamento, se seguirán rigiendo por la normativa anterior.

Entre las múltiples novedades que incorpora el nuevo Reglamento se encuentran las siguientes:
  • Periodo de consultas. Se regula por primera vez el número mínimo de reuniones (calendario de reuniones) que habrán de celebrarse en dicho periodo (cuya duración se mantiene, como hasta ahora, en un máximo de 15 días para empresas de menos de 50 trabajadores y un  máximo de 30 días para las que tengan 50 ó más trabajadores).
  • Documentación en los despidos por causas económicas. Se elimina el requisito de la “razonabilidad” del despido, lo que supone que el empresario sólo tiene que justificar que existe la causa.
  • El papel de la autoridad laboral. Se define cuál es el papel de la autoridad laboral en el proceso. En este sentido, se encargará únicamente de realizar advertencias y recomendaciones a las partes durante el periodo de consultas, pero dichas recomendaciones no supondrán en ningún caso la paralización ni la suspensión del procedimiento.
  • Notificación de los despidos. Se establece como novedad que, una vez finalizado el periodo de consultas y notificado a la autoridad laboral el resultado y la decisión que tome la empresa, para poder realizar los despidos deberán haber transcurrido como mínimo 30 días entre la fecha de la comunicación de la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral y la fecha del despido. Hasta ahora no existía ningún plazo mínimo.
Además, también se publicó el día 29 en el BOE el Real Decreto sobre las aportaciones económicasque deberán realizar las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de 50 ó más años(RD 1484/2012, de 29 de octubre, BOE de 30.10.12, que entra en vigor hoy miércoles, 31 de octubre).

Así, se establece que el importe de la aportación se determinará anualmente teniendo en cuenta el importe bruto de las prestaciones y subsidios por desempleo de los trabajadores de 50 ó más años de edad afectados por el despido colectivo, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).